Dr. Freddy Pacheco León
Especialista en estudios de impacto ambiental
• DECRETO PRO PETROLERAS nuevamente A JUICIO por considerarse que la sentencia
fue notificada dos días después del plazo de ley.
HORA de inicio 8:30 am, en el Tribunal Contencioso, mañana jueves 15
de diciembre del 2016.
RESUMEN:
ANTES de publicarse medio a escondidas el decreto ejecutivo Nº
26750-Minae el 27 de febrero de 1998, el ministro René Castro y el presidente
José María Figueres conocían muy bien que las empresas petroleras TENÍAN que
cumplir estrictos requisitos ambientales para acceder a la firma de los
contratos para explotación de
hidrocarburos.
Todo el Título X del reglamento a la Ley de Hidrocarburos DETERMINABA
en sus 17 ARTÍCULOS, los lineamientos para un Estudio de Impacto Ambiental
completo e integral, en el que participarían profesionales de diversas
disciplinas y donde la empresa, en su descripción del proyecto sometido ante la
Setena, señalaría con claridad la ubicación de los sitios de eventual
explotación.
El decreto publicado pocas semanas antes de terminar la administración
Figueres, en un alcance de La Gaceta de disminuida circulación, EXIME a las
petroleras de lo dispuesto en todos los artículos reglamentarios relacionados
con el tema ambiental, para “llenar un VACÍO normativo”, según sus preocupados
autores. Vacío que, ¡dicen ellos!, se
deriva del hecho de que no se podía pedir a las petroleras ubicar los sitios de
explotación sin antes hacer una prospección, o sea, una exploración del
subsuelo en las áreas de interés, pues eso sería “tan desproporcionadamente
oneroso que ninguna empresa, por más fuerte que fuere financieramente, podría costear”.
“Cada etapa implica métodos de investigación más costosos y el detalle del
conocimiento obtenido es más alto que en la etapa que precede; por ejemplo, los
costos de los pozos exploratorios son extremadamente elevados” (…) De esta
forma se evita un desgaste innecesario de recursos…”
Explicación que no es de recibo, pues se sobreentiende que si una
empresa petrolera está interesada en obtener provecho económico de los recursos
petroleros pertenecientes al Estado costarricense, es ella misma la más
interesada en ubicar con certeza LOS SITIOS donde desarrollar su proyecto de
explotación. Los artículos derogados con el decreto recurrido ahora ante el
Tribunal Contencioso-Administrativo así lo determinaban, por lo que el tal
“vacío normativo” no se ve por ningún lado.
Y si esto no es suficiente razón para provocar el rechazo casi
generalizado que se ha despertado en contra de ese “decreto con aroma de
petróleo”, invitamos a seguir leyendo porque lo que viene es increíble. En el artículo 4º del aromático decreto, sus
autores fueron bien CUIDADOSOS en determinar que un falso “estudio de impacto
ambiental”, prácticamente sin proyecto que evaluar por parte de la Setena (la
que normalmente no tramita por ser de muy bajo impacto ambiental) “será el requisito
indispensable y SUFICIENTE” para FIRMAR EL CONTRATO adjudicatario con el cual
el Estado (es decir, ¡todos nosotros!) se comprometa con el otorgamiento de
derechos a la empresa interesada.
Así, según lo dispuesto para
“llenar un vacío normativo” (como ha dicho don René Castro) a la empresa HARKEN
le fue “aprobado” por la Setena un “estudio de impacto ambiental” de
mentirillas en 1999, gracias a lo cual firmó con el presidente Miguel Ángel
Rodríguez y la ministra Elizabeth Odio, un contrato por 20 AÑOS de explotación
petrolera en un área de 5.600 km2, ¡ANTES de realizar un estudio de impacto
ambiental propiamente dicho!
Un año después, la misma Setena aprobó un supuesto “estudio de impacto
ambiental” presentado por la Mallon Oil Co. para un “proyecto” de recopilación
de información bibliográfica sin estudios de campo. Según la petrolera Mallon,
al haber cumplido literalmente con lo dispuesto EN DICHO DECRETO petrolero de
Figueres-Castro (redactado dos años antes con la participación del entonces secretario
general de la Setena) la empresa estima que ha cumplido con todos los
requisitos dispuestos para proceder a suscribir el contrato que le daría
firmeza jurídica a su concesión en UN ÁREA DE 9.500 km2.
En síntesis, sin haber presentado un estudio de impacto ambiental
PREVIO a la contratación, y con el antecedente de la petrolera Harken, la
empresa Mallon usa de estandarte LO DISPUESTO en el decreto para exigir al
gobierno la firma del contrato que le permita iniciar el proceso conducente a
la explotación petrolera.
:::
NOTA de referencia:
“Para la preparación del
decreto, solicité la asesoría de los abogados del Minae y del entonces
secretario de la Setena, el doctor Allan Astorga, que con su equipo formuló una
propuesta de texto para llenar el vacío normativo”. (René Castro)
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