jueves, 17 de marzo de 2011

LO AMBIENTAL EN LA HAYA

Satisfacción por las medidas cautelares

Freddy Pacheco León*

Los costarricenses acudimos a la OEA y luego a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) porque parte de nuestros ecosistemas de humedal y nuestra forma de vida estaban siendo puestos en peligro por un despreciable gobierno extranjero.
Ante ello, solicitamos a la CIJ emitir medidas provisionales pero firmes, aunque de carácter precautorio, mientras se desarrollan los acontecimientos jurídicos que se vaticinan. Además de la expulsión de los soldados nicaragüenses del suelo que estaban usurpando, cabe mencionar que no se podía ordenar el cese de la excavación del caño artificial construido entre el río San Juan y la laguna de Los Portillos, porque ya había sido concluida. Así lo anunció Nicaragua en las audiencias respectivas y por ende la Corte, hizo lo que debía de hacer prohibiendo además, cualquier trabajo dirigido a darle siquiera mantenimiento al caño que los invasores reclaman ahora como delimitación terrestre entre los dos países. Sorprendió favorablemente que los magistrados encargaran a las autoridades costarricenses el resguardo ambiental de la zona, en el entendido de que no se podía poner a los ratones a cuidar el queso. Asimismo, fue bien recibida la resolución que prohíbe a ambos Estados llevar a cabo acciones que pudieren entorpecer aún más la causa de la demanda, lo que no solo garantiza la conservación ambiental sino que desecha, tácitamente, ocurrencias como aquella que proponía secar el río San Juan y sus humedales, desviando las aguas de los afluentes costarricenses por una canal paralelo al que se le daría el nombre de río “dignidad”.
Es pertinente aclarar que lo único que realmente no se acogió por parte de la CIJ, fue la petición de ordenar a Nicaragua detener el dragado de su río San Juan. Punto que siempre sentimos un tanto débil en vista de que para Costa Rica era imposible demostrar la eventual disminución en el caudal del río Colorado sin tener la información de campo imprescindible. Al desconocer siquiera la capacidad real de dragado que tienen las pequeñas dragas de Pastora, presumiblemente cercanas a la insignificancia, y la ausencia de estudios de campo por razones de acceso y el poco tiempo disponible, no podíamos más que especular a partir de hipótesis no comprobadas. Dragado que, ha de reiterarse, no tiene NADA que ver con la excavación del caño artificial que se hizo por territorio costarricense y que, al igual que éste, ha sido sujeto de esfuerzos dirigidos a evaluar su posible impacto ambiental sobre la laguna costera, sin poder contar con los imprescindibles análisis de campo. Lo único que los ticos tenemos son hipótesis no demostradas donde las magnitudes del supuesto daño ambiental no tienen sustento científico formal. Evaluación que ahora sí podrá hacerse, al tenerse libre acceso al área talada por donde se construyó a pico y pala el caño de la discordia, y que formará parte de las etapas posteriores que conducirán hacia la resolución final de la demanda presentada por Costa Rica.

*Catedrático UNA

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