martes, 14 de marzo de 2017

Sala IV avala acciones de ESPH

  • Declara sin lugar recurso de vecinos y diputado que alegaron falta de apoyo
  • ESPH demostró que realiza todo lo posible para dar agua
La Sala Constitucional declaró sin lugar este 24 de febrero, un recurso de amparo contra la ESPH, que acusaba a la Empresa de pasividad ante el problema de agua en San Rafael de Heredia. El fallo de la Sala, se sustenta en que las fuentes de agua superficiales se afectan severamente por la variabilidad climática de la zona y la ESPH ha dado el máximo esfuerzo en la respuesta a la solución de las comunidades.
El fallo 16-014765-0007-CO de la Sala, señala que “que la Empresa de Servicios Públicos de Heredia ha realizado una serie de acciones, algunas temporales y otras a largo plazo, para solucionar este problema”.
El proponente del Recurso, el diputado Henry Mora, con la coadyudancia de vecinos de Concepción de San Rafael de Heredia, señalaron que la ESPH no lograba solucionar una situación de recurso hídrico como interrupciones, sin previo aviso, durante periodos largos en verano y mala calidad en invierno.
Sin embargo, la ESPH mediante una serie de acciones demostró a la Sala IV, que la gestión, administración, técnica e ingeniería buscan proveer a la población de agua de la mejor calidad durante todo el año, mas, las condiciones climáticas y de la localidad limitan las posibilidades de un mejor servicio.
Entre las medidas que aplica la ESPH en este lugar y en San Isidro; están los racionamientos, el abastecimiento con cisternas y la restricción de construcciones devenida de estudios de zonas de estrés hídrico.
El fallo de la Sala se sustentó en la situación que vive una comunidad en San Rafael de Heredia, pero, es la misma que se repite en el sector de Santa Elena de San Isidro y otros lugares cercanos, donde la mala calidad de las fuentes superficiales y la cada vez más fuerte afectación climática incide directamente en la disponibilidad de agua.

Cumplimiento
Para los magistrados “no ha existido violación a los derechos fundamentales de los recurrentes y no se demostró que la falta del servicio de agua potable sea antojadiza, arbitraria o sin fundamento por parte de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, porque igualmente se comprobó que se han buscado soluciones a la problemática generada por las condiciones geográficas y climáticas que sufre la zona de Concepción de San Rafael de Heredia”.
La Sala comprobó que la ESPH ha hecho todas las inversiones necesarias en infraestructura, tuberías, tanques, sistemas de tratamiento y otros que garantizan las mejores condiciones para un acueducto en el país.

No hay comentarios:

Publicar un comentario