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lunes, 17 de febrero de 2014

Comentario

ATÚN: NUEVA OPORTUNIDAD PERDIDA
Un decreto “light”

Dr. Freddy Pacheco León
A –Al no regular estrictamente el otorgamiento de licencias de pesca gratis, que solo sirven a la flota pesquera extranjera, con el nuevo decreto se pierde otra vez la oportunidad de poner orden donde no lo hay. Así, mientras los atuneros foráneos se enriquecen con nuestro atún aleta amarilla, los pescadores nacionales tienen que vivir del IMAS.

B –Desde que se fundó el Incopesca, su primer presidente ejecutivo (Luis París) consideró un éxito administrativo la cesión de gran número de permisos de pesca de atún ¡aunque fueren gratis! Hoy, 20 años después, la riqueza atunera sigue sin ser aprovechada por pescadores e industriales costarricenses.

C –Un nuevo decreto debería de promover la estructuración de una flota nacional donde pescadores costarricenses asociados a, quizá, una clase de cooperativa de carácter mixto estatal-privada, ejercieran una labor de protección y aprovechamiento sostenible del recurso atunero que ha sido tanto tiempo despreciado por los gobernantes.

viernes, 21 de junio de 2013

Comentario

EL "INCENTIVO" DE LOS
PERMISOS GRATIS PARA PESCAR ATÚN
Con los mismos viejos argumentos de que los "incentivos" son imprescindibles para el bienestar de las empresas exportadoras, los representantes de las enlatadoras de atún que se han venido beneficiando, casi exclusivamente, del regalo que se hace del atún costarricense a los pescadores de las transnacionales que desde hace años pescan en el Pacífico costarricense, han argumentado que "La competitividad de Costa Rica en la industrialización y

miércoles, 19 de diciembre de 2012

Comentario

Ordenan a INCOPESCA control estricto de "ALETEO"
Comentario
Freddy Pacheco León, PhD
Este fallo de la Sala IV tampoco resuelve el problema del desaleteo pues se limita a instruir a las diversas autoridades de gobierno a que "dicten las medidas requeridas para asegurar que el certificado exigido para la importación de aletas de tiburón, a su vez sea obligatorio a los efectos de su exportación y reexportación". Con el decreto de Castro y Chinchilla firmado en Manuel Antonio, se permite importar aletas cuando éstas vengan acompañadas de una certificación de funcionarios de aduana (en este caso de Nicaragua) que señale que las aletas fueron "embarcadas" (sic) cumpliendo con la legislación en protección de los tiburones, por lo que más bien se facilita su comercio. En cuanto a la exportación, la Sala más bien "bendice" ese negocio pues SI LAS ALETAS FUERON DESCARGADAS O IMPORTADAS amparadas a un "certificado" se puede realizar la exportación y reexportación sin dificultad.
SIN EMBARGO, el fallo determina algo que de cumplirse sería de gran trascendencia. Los comerciantes tendrían que "lavar" (como hacen los narcotraficantes) la descarga clandestina de aletas pues para proceder a su exportación tendrían que demostrar el carácter legal del origen de esas aletas. Aletas descargadas o importadas a espaldas de las autoridades, en teoría, NO podrían exportarse, por lo que su comercio internacional quedaría regulado por una norma que antes ni siquiera se consideraba. PERO, un pero muy grande, siempre les queda el camino de la importación por tierra o por mar, amparada a certificados de muy dudosa confiabilidad.
Mi sugerencia sería la de DEROGAR el reciente decreto inmediatamente para buscar mecanismos más estrictos de certificación, aunque, por supuesto, la medida más cercana a una solución sería la de PROHIBIR la exportación, con lo cual se detendría la importación y la descarga de cualquier tipo, pues el mercado interno de aletas de tiburón no representa ningún peligro para las diferentes especies comercializadas.